Nuevo Reglamento de Extranjería – Real Decreto 1155/2024
El pasado 20 de mayo de 2025 entró en vigor en España el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado mediante el Real Decreto 1155/2024, representando la reforma migratoria más ambiciosa en más de una década.
Su meta: modernizar, agilizar y hacer más equitativa la gestión de los procedimientos de inmigración, adaptándolos a la realidad socioeconómica actual y a las directrices europeas.
Principales novedades legales:
Digitalización de los trámites: La mayoría de las gestiones de extranjería —solicitudes de residencia, trabajo, renovaciones— se pueden realizar íntegramente en línea, evitando desplazamientos y reduciendo tiempos de espera.
Simplificación y reducción de plazos: El reglamento elimina duplicidades administrativas, acorta los procedimientos y clarifica la documentación necesaria, ofreciendo mayor seguridad jurídica y menos disparidades entre oficinas.
Nuevas modalidades de visados: Amplía opciones de visados de corta y larga duración, y crea un visado específico para búsqueda de empleo dirigido a perfiles cualificados en sectores como tecnología, sanidad y educación, incluyendo descendientes de españoles de origen.
Reagrupación familiar: Se flexibilizan los requisitos para acreditar dependencia económica de ascendientes y descendientes. Se eleva la edad de los descendientes a 26 años y de ascendientes a 80 años para facilitar reagrupaciones.
Reforma de permisos por arraigo: Incluye cinco tipos de arraigo (social, laboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad), reduciendo el tiempo necesario para acceder a ciertas modalidades, e introduce la posibilidad de trabajar para quienes se acojan al arraigo por estudios.
Mejoras para trabajadores temporales: Se crea una autorización específica de residencia y trabajo para quienes realicen actividades estacionales, facilitando tanto la contratación individual como colectiva. Asegura la posibilidad de cambiar de empleador en caso de circunstancias abusivas o de fuerza mayor.
Estudios superiores y empleo: Se amplía a un año el visado de búsqueda activa de empleo y a 30 horas semanales el tiempo de trabajo para quienes estén en situación de estancia por estudios.
Régimen transitorio y aplicación práctica:
Los permisos de residencia ya vigentes continúan válidos hasta su expiración. Si una solicitud está en trámite, se puede pedir la aplicación de la nueva normativa, pudiendo resultar beneficiosa según el caso.
Para familias: hijos (18-26 años) y ascendientes (mayores de 80 años) de españoles, presentes en España desde el 20 de noviembre de 2024, pueden solicitar residencia conforme a los nuevos criterios hasta el 20 de noviembre de 2025.
Acceso a regularización por arraigo: quienes hayan recibido denegación de protección internacional podrán acogerse a la nueva modalidad durante el primer año de vigencia, siempre que acrediten estancia continuada en España en los seis meses previos a la solicitud.